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Bases reguladoras del concurso-oposición para la provisión de una plaza de Técnico de Administración General

Bases específicas reguladoras de las pruebas para la provisión de una plaza vacante de técnico de la administración general en la plantilla de funcionarios de este ayuntamiento.

Las presentes bases reguladoras de las pruebas para cubrir una plaza de Técnico de Administración General, mediante el sistema de concurso-oposición libre, fueron aprobadas por Decreto de Alcaldía número 156/06 el 19 de diciembre de 2006.

Primera- Objeto de la convocatoria

Segunda.- Características de la plaza.

Tercera.- Requisitos de los candidatos

Cuarta.- Presentación de instancias.

Quinta.- Admisión de aspirantes.

Sexta.- Tribunal Calificador.

Séptima.- Fase de Oposición.

Octava.- Concurso.

Novena.- Calificación de ejercicios y relación de aprobados en la fase de concurso.

Décima.- Presentación de documentación.

Undécima.- Nombramiento de funcionario en prácticas.

Duodécima.- Período de prácticas.

Decimotercera.- Nombramiento de funcionario de carrera.

Decimocuarta.- Incidencias.

Decimoquinta.- Apelaciones.

Anexo I

Anexo II

Primera- Objeto de la convocatoria

El objeto de la convocatoria es la provisión, mediante el procedimiento de concurso-oposición libre, de una plaza vacante de técnico de la administración general en la plantilla de funcionarios de este ayuntamiento.

Dicha plaza está incluida en la escala de Administración General, subescala técnica, clase técnico superior y grupo de clasificación A.

Todos aquellos aspirantes que, habiendo superado los ejercicios de la Fase de Oposición excediesen del número de plazas convocadas, integrarán, en el orden de puntuación obtenida, una bolsa de trabajo que se utilizará para cubrir necesidades temporales de personal.

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Segunda.- Características de la plaza.

Denominación: Técnico de la Administración General - Subescala Técnica

Grupo de clasificación: A.

Complemento de destino: 30.

Complemento específico: 2.290,68 anual.

Perfil lingüístico: 4.

Fecha de preceptividad: 02/04/2004.

Régimen de jornada: jornada continua.

Lugar: Ayuntamiento.

Funciones: - Las propias de los Técnicos de Administración General, concretamente en el área de tesorería: realizar trabajos de gestión, análisis y propuestas de carácter administrativo de nivel superior, además de las encomendadas por la Alcaldía y/o, en su caso, por Secretaría.

  • Las funciones básicas que habrá de desempeñar inicialmente, sin carácter limitativo, serán, entre otras:
  • Las correspondientes al área de intervención y tesorería del Ayuntamiento de Aramaio.
  • Gestión del censo fiscal. Gestión y cobro de impuestos y tasas. Gestión de reclamaciones.
  • Censo de agua. Censo de luz (por mediación de Aramaioko Argindar Banatzailea, SA)
  • Colaborar con Secretaría-Intervención en la preparación de ordenanzas y reglamentos.
  • Controlar y promover las tramitaciones de expedientes de plusvalías y, en su caso, realizar un seguimiento y llevar el archivo de las plusvalías.
  • Redactar los dossieres, documentos diversos, certificados, etc. que se le soliciten.
  • Llevar a cabo las tareas que le encargue el secretario o el funcionario que le sustituya, cumpliendo con la delegación de funciones que le corresponda.
  • Cualquier otra tarea que le sea asignada, propia de su profesión y de su puesto de trabajo.

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Tercera.- Requisitos de los candidatos

Para ser admitidos y, en su caso, participar en el proceso de selección, los candidatos deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, o ser nacional de algún Estado al que, en virtud de la aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado Español, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Asimismo, se podrán presentar los cónyuges de los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, siempre y cuando no estén separados de derechos, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre, asimismo, que ambos cónyuges no estén separados de derecho y sean estos descendientes menores de veintiún (21) años o, siendo mayores de esa edad, vivan a sus expensas.

b) Haber cumplido 18 años y no haber superado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión o haber abonado los derechos para la obtención del título de Derecho, Ciencias Políticas, Económicas o Empresariales, Intendente Mercantil o Actuario antes de finalizar el plazo de representación de solicitudes.

d) Certificado acreditativo del perfil lingüístico 4 requerido para la plaza. Este requisito se podrá certificar mediante un documento acreditativo o bien superando las pruebas que se lleven a cabo a tal fin en la fase de oposición.

e) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que le impida el normal desempeño de las funciones propias del puesto.

f) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, en alguna institución, entidad o centro de la Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

g) No estar incurso en ningún caso de incapacidad ni desempeñar actividades declaradas incompatibles según la ley 53/1984 del 26 de diciembre y el DR 59/885 del 30 de abril, ni en la actualidad ni, con posterioridad al nombramiento, en el período de prácticas o, en su caso, una vez obtenida la plaza en propiedad. Todos los requisitos enumerados en la presente base deberán poseerse al día de finalización del plazo de presentación de instancias, y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera de este Ayuntamiento, sin perjuicio de lo establecido en el apartado d) y g)

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Cuarta.- Presentación de instancias.

Las instancias que se cumplimenten para solicitar la participación en el concurso-oposición deberán ajustarse al modelo oficial y normalizado adjunto a las presentes bases en el Anexo III, y también será facilitado en el Registro General del Ayuntamiento de Aramaio.

Las instancias solicitando la admisión en esta convocatoria deberán dirigirse al Alcalde-Presidente de Aramaio y deberán cumplir las siguientes condiciones para ser aceptadas:

a) Los aspirantes deberán manifestar que cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la tercera base de la convocatoria. El plazo para cumplir dichos requisitos finalizará el día de presentación de las instancias, excepto en lo que se refiere a los apartados d) y g).

b) Además, deberán presentarse los siguientes documentos junto con las instancias:

  • Fotocopia del DNI.
  • Fotocopia del título exigido para tomar parte en la convocatoria.
  • Fotocopia del documento acreditativo del cumplimiento del perfil lingüístico 4, si ya lo hubiera acreditado a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Fotocopia de los documentos acreditativos de los méritos alegados en la instancia para su valoración en la fase de concurso. En el caso de los méritos alegados en concepto de experiencia, deberán de estar debidamente acreditados mediante certificaciones, en las que se harán constar las tareas desarrolladas, el tipo de contrato o nombramiento, duración y jornada realizada, acompañándose la vida laboral expedida por la Seguridad Social. No serán objeto de valoración los méritos que no resulten suficientemente acreditados a juicio del Tribunal.

c) Las instancias deberán presentarse debidamente cumplimentadas en las Oficinas Generales del Ayuntamiento de Aramaio, plaza Bizente Goikoetxea, 1, Aramaio 01160 (Araba), dentro del plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Igualmente las instancias podrán presentarse en los registros de las Administraciones Públicas definidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 del 26 de noviembre, que regula el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, dirigidas al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Aramaio, debiendo ser fechadas y selladas por el funcionario correspondiente dentro del plazo de presentación de instancias.

Los datos personales proporcionados por los aspirantes en el proceso de selección serán archivados en un fichero automatizado cuya finalidad será gestionar el proceso selectivo. El destinatario de los datos será el Ayuntamiento de Aramaio y, para impugnar, acceder o corregir dichos datos, se podrá recurrir al mismo (plaza Bizente Goikoetxea, 1, Aramaio 01160). Los aspirantes deberán mostrar conformidad con el tratamiento otorgado a las solicitudes. Dicho tratamiento implicará la publicación de los nombres y apellidos, número de DNI y turno en el que participen (libre, promoción interna o inválidos) los aspirantes. En caso de no mostrar dicha conformidad, el aspirante quedará automáticamente excluido del proceso de selección.

Asimismo, los aspirantes que soliciten adaptaciones especiales para realizar el examen deberán mostrarse conformes con el tratamiento otorgado a los datos relativos a dichas adaptaciones.

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Quinta.- Admisión de aspirantes.

Finalizado el plazo de presentación de instancias el Alcalde- Presidente aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Aramaio y en la página web municipal (www.aramaio.org). Asimismo, en la mencionada resolución se nombrarán los miembros titulares y suplentes del Tribunal Calificador.

Los aspirantes excluidos de dicha lista dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava, para solventar los defectos o errores que hayan dado lugar a su exclusión. En caso de no presentarse ninguna reclamación, la lista provisional se considerará automáticamente definitiva. Si las hubiera, serán estimadas o desestimadas, en su caso, en una nueva resolución por la que se apruebe la lista definitiva y que será publicada de la misma manera que la anterior.

Seguidamente, se decidirá la fecha del primer ejercicio de la fase de oposición, que se hará pública en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Aramaio y en la página web municipal (www.aramaio.org).

Todas las comunicaciones y notificaciones del Tribunal Calificador se harán públicas mediante el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Aramaio y la página web municipal (www.aramaio.org).

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Sexta.- Tribunal Calificador.

El Tribunal que califique las pruebas del examen estará formado por miembros titulares y suplentes y su nombramiento se hará público en el BOLETÍN OFICIAL de Álava, el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Aramaio y la página web municipal. El Tribunal estará formado por las siguientes personas:

Presidente del Tribunal:

  • El de la Corporación o la persona que este designe para tal fin.

Vocales:

  • Gerente letrado de la Cuadrilla de Zuia o persona en quien delegue.
  • Un técnico de la Diputación Foral de Álava.
  • Un representante del Instituto Vasco de Administración Pública (HAEE-IVAP).
  • El secretario de la Corporación o persona en quien delegue, que además de ser vocal, actuará también como secretario del Tribunal. Para realizar las pruebas de euskara se nombrará otro técnico del Instituto Vasco de Administración Pública (HAEE-IVAP).

Asimismo, podrá participar un representante de cada partido político en calidad de supervisor del proceso selectivo En el desarrollo y evaluación de las pruebas y/o méritos que integren el sistema selectivo, el Tribunal actuará con plena autonomía funcional. Será responsable de la objetividad del procedimiento y garantizará el cumplimiento de las bases de la convocatoria. El Tribunal no podrá constituirse sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, debiendo estar presentes, en todo caso, el Presidente y el Secretario. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos, resolviendo, en caso de empate, el de quien actúe como Presidente.

Los miembros del Tribunal no podrán intervenir en el proceso, y así se lo deberán notificar al Alcalde-Presidente, y los aspirantes podrán promover su recusación, conforme a lo establecido en los artículos 28 y 29 de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

El Tribunal podrá disponer de asesores especialistas, para todas o algunas de las pruebas de las que conste el sistema selectivo, que se limitarán a prestar su asesoramiento y colaboración tecnica en el ejercicio de sus especialidades.

El Tribunal podrá adoptar las medidas que estime necesarias para el desarrollo del sistema selectivo en todo aquello que no esté previsto en las bases de la convocatoria y resolver cuantas cuestiones se susciten relativas a la interpretación y aplicación de las mismas.

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Séptima.- Fase de Oposición.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo causas de fuerza mayor debidamente justificadas y apreciadas con total libertad por el Tribunal.

El Tribunal podrá disponer la celebración de las pruebas en orden diferente al previsto en esta misma base, así como la celebración de varias pruebas el mismo día. En este caso, sólo evaluará la prueba de aquellos aspirantes que hayan superado la anterior.

  • Primer ejercicio: obligatorio y eliminatorio.

Los aspirantes deberán responder por escrito a un cuestionario tipo test de preguntas con respuestas múltiples, de las cuales sólo una es correcta, basado en el contenido del Temario adjunto a la convocatoria (Anexos I y II).

Quedará a criterio del Tribunal la fijación del número de preguntas a realizar, el valor de las preguntas respondidas correcta e incorrectamente, la penalización por las respuestas erróneas, la duración de la prueba, etc.

Este ejercicio se valorará con un máximo de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superar el mismo.

  • Segundo ejercicio: obligatorio y eliminatorio.

Se evaluará todo el contenido del temario especificado en el anexo II y aquellas cuestiones relacionadas con las funciones propias del puesto. El Tribunal será el encargado de proponer los temas y el ejercicio constará de dos partes: la primera consistirá en el desarrollo de uno o varios temas y la segunda en la resolución de uno o varios supuestos prácticos.

Los aspirantes podrán hacer uso de los textos legales que precisen a la hora de resolver el o los supuestos prácticos. Se valorará la formación general, la claridad y orden de ideas, aportación personal del opositor, así como la corrección de la expresión escrita.

Este ejercicio se valorará con un máximo de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superar el mismo.

  • Tercer ejercicio: Obligatorio y eliminatorio

Ejercicio escrito y oral para acreditar el perfil lingüístico 4. La calificación será Apto o No Apto.

Se realizarán las pruebas pertinentes para que los aspirantes acrediten el perfil lingüístico 4, siendo el HAEE/IVAP el encargado de definir el contenido y la forma de los citados ejercicios.

No tendrán que realizar este ejercicio los aspirantes que acrediten haber superado ese perfil lingüístico, de alguna de las maneras previstas en el artículo 32 del Decreto 86/1997 del 15 de abril, publicado en el número 72 del Boletín Oficial del País Vasco del 17 de abril. De cualquier manera, según el artículo 43.2 del Decreto 86/1997 del 15 de abril, que regula el proceso de normalización del uso del euskara en las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma Vasca, se realizarán también distintas pruebas para acreditar el perfil lingüístico 3 por si, finalizados los ejercicios de la fase de oposición, fuera preciso aplicar el citado perfil lingüístico para adjudicar la plaza. En consecuencia, si ninguno de los candidatos consiguiese acreditar el perfil lingüístico 4, se adjudicará al puesto el perfil 3, entendiéndose que el objetivo es únicamente el de cubrir el puesto de esta convocatoria.

  • Cuarto ejercicio: obligatorio y eliminatorio:

Consistirá en la realización de una serie de pruebas encaminadas a valorar la adecuación de los aspirantes al perfil de la plaza y a las funciones a desempeñar. Los aspirantes deberán realizar una serie de ejercicios, al objeto de comprobar su nivel de adecuación a las peculiaridades humanas del puesto, a sus requisitos técnicos y a las funciones correspondientes. Dicha prueba constará de ejercicios psicotécnicos o entrevistas, o ambos dos.

Este ejercicio es obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes; se valorará de 0 a 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para superarlo.

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Octava.- Concurso.

La fase de consurso consistirá en la valoración de los méritos aducidos y debidamente acreditados durante el plazo de presentación de solicitudes.

Se tomaran en consideración los méritos que se mencionan a continuación y se valorarán de la siguiente manera:

a) Servicios prestados en la Administración Publica como Técnico de la Administración General o en un puesto de similares características; se tendrán en consideración también los servicios prestados como funcionario interino o trabajos temporales. Se valorará con 0,5 puntos por cada mes de trabajo, hasta un máximo de 6 puntos, ignorándose o desechándose las fracciones de mes. Se contabilizarán únicamente los períodos anteriores a la fecha del fin del plazo de presentación de solicitudes. No serán objeto de valoración en este apartado la prestación de servicios en puestos de personal eventual (tal y como recoge el artículo 96.1 de la Ley de Función Pública Vasca), así como tampoco las becas ni las prácticas formativas.

b) Cursos de formación o perfeccionamiento directamente relacionados con el puesto que se convoca, impartidos por universidades, centros de formación oficiales e instituciones oficiales, hasta un máximo de 4 puntos:

  • Por cada curso de 20-50 horas de duración : 0,25 puntos.
  • Por cada curso de 51-100 horas de duración : 0,50 puntos.
  • Por cada curso de 101-200 horas de duración: 0,75 puntos.
  • Por cada curso de 201-300 horas de duración : 1,00 punto.
  • Por cada curso de más de 300 horas de duración: 1,50 puntos.

No serán objeto de valoración en este apartado los curso de formación o perfeccionamiento relacionados con la informática.

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Novena.- Calificación de ejercicios y relación de aprobados en la fase de concurso.

Una vez concluidas las fases de oposición y concurso, el tribunal hará publica la relación de aspirantes que hayan superado el concurso-oposición, por orden de puntuación total alcanzada, haciendo públicos los puntos conseguidos en cada ejercicio y el resultado final de las pruebas.

El orden de clasificación definitiva del concurso-oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en sus dos fases. La calificación final del concurso-oposición determinará el orden de prelación de los aspirantes.

Caso de resultar algún empate en la suma de puntuaciones, se decantará en favor del aspirante que haya conseguido calificación más alta en la Fase de Oposición.

El Tribunal Calificador publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Aramaio y en la página web municipal (www.aramaio.org) la relación de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y la elevará a la Alcaldía junto con la propuesta de nombramiento de funcionario en prácticas a favor del seleccionado. En la citada relación figurarán, además, por orden de puntuación, los aspirantes que, habiendo superado todos los ejercicios obligatorios y eliminatorios, excediesen del número de plazas convocadas, creando así una bolsa de trabajo Dicha bolsa de trabajo se utilizará, por orden de puntuación, para cubrir necesidades laborales temporales, hasta que se lleve a cabo un nuevo concurso-oposición, de acuerdo con lo establecido en la base primera.

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Décima.- Presentación de documentación

El aspirante seleccionado deberá presentar en Secretaría, en el plazo 15 días contados a partir del día siguiente al de la publicación de los resultados definitivos del proceso selectivo, los siguientes documentos acreditativos de las condiciones y requisitos exigidos para tomar parte en el Concurso-Oposición:

a) Los originales de la documentación aportada con la solicitud, que serán devueltos al aspirante una vez cotejados con las fotocopias aportadas.

b) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos y de no haber sido excluido mediante expediente disciplinario del servicio de la Administración pública.

Con anterioridad a la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, el aspirante deberá someterse al correspondiente examen medico, de la forma y manera propuesta por el Ayuntamiento de Aramaio, para comprobar que cumple con lo exigido en la base tercera, letra e).

Si el aspirante seleccionado, dentro del plazo de 15 días y salvo causa de fuerza mayor, no presentara la referida documentación, o del análisis de la misma se dedujera que no cumple alguna de las condiciones o requisitos exigidos, no podrá ser nombrado funcionario en prácticas, perdiendo cuantos derechos pudieran asistirle para su nombramiento. En tal caso, como consecuencia de dicha descalificación, el aspirante será sustituido, siguiendo el orden de prelación de la clasificación definitiva, por el aspirante que se encuentre clasificado en siguiente lugar, hasta cubrir la plaza vacante, previa acreditación del cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidas

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Undécima.- Nombramiento de funcionario en prácticas.

Transcurrido el plazo de presentación de la documentación citada y cumplidos los requisitos especificados, se procederá al nombramiento del aspirante como funcionario en prácticas. El nombramiento será notificado al interesado y se hará publico en la página web del Ayuntamiento de Aramaio (www.aramaio.org), en el tablón de anuncios municipal y en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava.

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Duodécima.- Período de prácticas.

El Alcalde del Ayuntamiento de Aramaio, de conformidad con el artículo 28 de la Ley 6/1989 del 6 de julio de la Función Pública Vasca, nombrará funcionario en prácticas al aspirante propuesto por el Tribunal, una vez haya acreditado documentalmente las condiciones exigidas en las presentes bases.

El periodo de prácticas para este puesto de trabajo tendrá una duración de doce meses.

El Tribunal se encargará de la evaluación de las aptitudes y capacidad del aspirante propuesto.

En el inicio del período de prácticas se definirán los objetivos a cumplir por el funcionario. Dichos objetivos se fijarán en orden a la acreditación de:

a) Aptitudes del aspirante en cuanto a:

  • Capacidad de trabajo y rendimiento profesional.
  • Responsabilidad y eficiencia.
  • Interés por aprender, disposición e iniciativa

b) Aptitudes del aspirante en cuanto a:

  • Integración en el equipo de trabajo.
  • Adecuación de sus relaciones internas y externas.

Procedimiento para la evaluación del funcionario en prácticas. Una vez que tome posesión de su puesto de trabajo, se comunicará al funcionario, al inicio del periodo de prácticas, los objetivos a cumplir.

A la finalización del periodo de prácticas, el tutor nombrado a tal efecto remitirá al Tribunal un informe escrito sobre el funcionario. En caso de que el informe sea desfavorable, se dará traslado del mismo al funcionario en prácticas, quien podrá alegar las razones que justifiquen el incumplimiento de los objetivos establecidos, realizándose estas alegaciones con anterioridad a la reunión del Tribunal. La ausencia de comunicación implicará que el informe es favorable.

El Tribunal notificará la correspondiente propuesta al Alcalde.

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Decimotercera.- Nombramiento de funcionario de carrera

Finalizado y superado el periodo de prácticas, se procederá a nombrar funcionario de carrera al aspirante.

El nombramiento se efectuará en el plazo máximo de dos meses y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava, así como en la página web del Ayuntamiento de Aramaio. Dentro del plazo de 1 mes a partir del día siguiente de la fecha de publicación del nombramiento en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava, la persona nombrada deberá tomar posesión. Si no lo hiciera así, salvo que concurra causa de fuerza mayor, quedarán sin efecto todas las actuaciones practicadas hasta entonces y el aspirante perderá cuantos derechos puedan asistirle para su acceso al puesto de funcionario de carrera.

En la diligencia de toma de posesión, además de los extremos acostumbrados, deberán hacerse constar las declaraciones exigidas en el artículo 13 del Real Decreto 598/85 del 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración. Se entenderá que renuncia al cargo quien, sin causa justificada, no tome posesión del puesto dentro del plazo determinado para ello.

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Decimocuarta.- Incidencias .

El Tribunal tendrá la facultad de resolver las posibles dudas que se presenten y tomar las decisiones necesarias para que el proceso selectivo se lleve a cabo correctamente, en lo referente a todo aquello que no esté previsto en estas Bases.

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Decimoquinta.- Apelaciones.

La presente convocatoria, sus Bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados en la forma y plazos previstos en la vigente Ley 30/1992 del 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo.

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Anexo I

TEMARIO GENERAL

Tema 1.- Derecho Constitucional. La Constitución de 1978 y sus principios. División de poderes y participación política.

Tema 2.- El Estado español como estado compuesto. La reforma constitucional. Los procedimientos de reforma en el derecho comparado.

Tema 3.- El Gobierno. Composición, nombramiento y cese. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. Funciones del Gobierno. Normativa, política y administrativa.

Tema 4.- La Cortes Generales. El Congreso. El Senado. Relaciones entre las Cámaras. Las Diputaciones Permanentes. Las funciones de las Cortes. Legislativa, su ejercicio, iniciativa y tramitación.

Tema 5.- El Poder Judicial. La independencia y actuaciones judiciales. El Consejo General del Poder Judicial. Otros Organos.

Tema 6.- Las Comunidades Autónomas. Naturaleza. Los Estatutos de Autonomía. Naturaleza y contenido. El Estatuto de Autonomía del País Vasco. Naturaleza, contenido, competencias y poderes del País Vasco.

Tema 7.- Competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas. Competencias del Estado. Competencias de las Comunidades Autónomas. Competencias exclusivas, compartidas, concurrentes, de desarrollo y ejecución. Transferencias de competencias.

Los Decretos de transferencias o traspaso.

Tema 8.- La organización de poderes en el País Vasco. El Parlamento Vasco. El Lehendakari. El Gobierno Vasco. La Administración Autónoma del País Vasco.

Tema 9.- El Tribunal Vasco de Cuentas Públicas. El Ararteko. Los Tribunales de Justicia del País Vasco.

Tema 10.- La Diputación Foral de Álava. Antecedentes y configuración actual. Composición y competencias. El Diputado General. Los Diputados Forales. Competencias. Norma Foral de Organización Institucional del Territorio Histórico de Álava de 7 de marzo de 1983.

Tema 11.- Las Juntas Generales. Antecedentes y configuración actual. Su funcionamiento y competencias. Los Procuradores. Su Elección y competencias. El Presidente de las Juntas Generales. La Norma Foral de 20 de diciembre de 1984 sobre el Reglamento de funcionamiento de las Juntas Generales de Álava.

Tema 12.- La ley 27/83 de 25 de noviembre de Relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Organos Forales de sus Territorios Históricos. Sus antecedentes, principios, estructura y contenido.

Tema 13.- El Municipio. Concepto y elementos. El término municipal. El problema de la planta municipal. Alteraciones de términos municipales. Legislación básica y legislación autonómica. La población municipal. El Padrón de habitantes. El Estatuto de los vecinos. Derechos de los extranjeros.

Tema 14.- Procedimiento de declaración de la inconstitucionalidad. El recurso de inconstitucionalidad. Cuestiones de inconstitucionalidad.

Tema 15.- El recurso de amparo constitucional. Tramitación del recurso. Las sentencias de amparo y sus defectos.

Tema 16.- Conflictos constitucionales con las Comunidades Autónomas. Positivos y negativos. La impugnación de las disposiciones y resoluciones de las Comunidades Autónomas. Los conflictos en defensa de la autonomía local.

Tema 17.- La regulación del Euskera en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía. La Ley 10/1982 de 24 de noviembre, Básica de la normalización del uso del Euskera.

Tema 18.- La Hacienda de las Administraciones Públicas. La distribución de recursos. El Concierto Económico.

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Anexo II

TEMARIO ESPECÍFICO

A.- Procedimiento administrativo

Tema 1.- Las fuentes del derecho administrativo. El reglamento: Titularidad de la potestad reglamentaria. Ambito material del reglamento. El procedimiento de elaboración de los reglamentos. Eficacia del reglamento. Control de los reglamentos ilegales y efectos de su anulación.

Tema 2.- El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. Requisitos: Motivación y forma.

Tema 3.- La eficacia de los actos administrativos. El principio de autotutela declarativa. Condiciones. La notificación: contenido, plazo y práctica. La notificación defectuosa. La publicación. La aprobación por otra Administración. La demora y retroactividad de la eficacia.

Tema 4.- La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad. El principio de conservación del acto administrativo. La revisión de actos y disposiciones por la propia Administración: supuestos. La acción de nulidad, procedimientos, límites. La declaración de lesividad. La revocación de actos. La rectificación de errores materiales o de hecho.

Tema 5.- Disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos y normas reguladoras de los distintos procedimientos. Clases de interesados en el procedimiento. Derechos de los administrados.

Tema 6.- La iniciación del procedimiento: Clases, subsanación y mejora de solicitudes. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones.

Los registros administrativos. Términos y plazos:

Cómputo, ampliación y tramitación de urgencia. Ordenación. Instrucción: Intervención de los interesados, prueba e informes.

Tema 7.- Terminación del procedimiento. La obligación de resolver. Contenido de la resolución expresa: principios de congruencia y de no agravación de la situación inicial. La terminación convencional. La falta de resolución expresa: el régimen de silencio administrativo. El desistimiento y la renuncia. La caducidad.

Tema 8.- La coacción administrativa: el principio de autotutela ejecutiva. La ejecución forzosa de los actos administrativos: sus medios y principios de utilización. La coacción administrativa directa. La vía de hecho.

Tema 9.- Recursos administrativos: principios generales. Actos susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitación de recursos administrativos. Clases de recursos. Las reclamaciones administrativas previas al ejercicio de acciones civiles y laborales. Las reclamaciones económico-administrativas. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: conciliación, mediación y arbitraje.

Tema 10.- La Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Natu - raleza, extensión y límites. órganos de la jurisdicción y de sus competencias. Las partes. Legitimación. El objeto del recurso contenciosoadministrativo.

Tema 11.- Potestad sancionadora: concepto y significado. Principio del ejercicio de la potestad sancionadora. El procedimiento sancionador y sus garantías. Medidas sancionadoras administrativas.

Tema 12.- La Responsabilidad de la Administración Pública. Caracteres. Los presupuestos de la responsabilidad. Daños resarcibles.

La acción y el procedimiento administrativo en materia de responsabilidad. La responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 13.- Procedimiento general del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial.

Tema 14.- Procedimiento abreviado del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial.

Tema 15.- La actividad administrativa de prestación de servicios. La iniciativa económica pública y los servicios. El servicio público. Concepto. Evolución y crisis. Los modos de gestión de los servicios públicos. La gestión directa. La gestión indirecta.

Tema 16.- Las otras formas de la actividad administrativa. La actividad de Policía: autorización administrativa. La policía de la seguridad publica. Actividad de fomento: sus técnicas.

Tema 17.- Las propiedades públicas: tipología. El dominio público concepto, naturaleza y elementos. Afectación y mutaciones demaniales. Régimen jurídico del dominio público. Utilización: reserva y concesión.

Tema 18.- La expropiación forzosa. Sujetos, objeto y causa. El procedimiento general. Garantías jurisdiccionales. La reversión expropiatoria. Tramitación de urgencia. Procedimientos especiales.

B.- Contratación

Tema 1.- Los Contratos de las Administraciones Públicas. Criterios de distinción entre los contratos administrativos y los de derecho privado; los actos separables. Legislación vigente. Ambito de aplicación. Disposiciones comunes a los contratos de las Administraciones Públicas. rganos competentes para su celebración.

Tema 2.- Régimen jurídico de los contratos de las administraciones públicas: Administrativos típicos, especiales y privados. Carac - terísticas de los contratos de obras, de servicios públicos, de sumi-

nistros y de consultoría, asistencia y servicios. La Administración contratante: entes incluidos y excluidos del ámbito de la Ley de Contratos; el órgano de contratación. El contratista: Capacidad, solvencia, prohibiciones, clasificación.

Tema 3.- Clasificación y registro de las empresas. Las garantías exigidas para los contratos con la Administración.

Tema 4.- Actuaciones relativas a la contratación. Los Pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas; La perfección y formalización de los contratos

Tema 5.- Las prerrogativas de la Administración; invalidez de los contratos; actuaciones administrativas preparatorias y tramitación de los expedientes de contratación

Tema 6.- La adjudicación de los contratos. Procedimientos y formas de adjudicación. Ejecución y modificación de los contratos.

Tema 7.- La revisión de precios. Extinción de los contratos. Cesión de los contratos y subcontratación. El Registro Público de Contratos.

Tema 8.- El Contrato de Obras. Disposiciones generales; ejecución y modificación, extinción; ejecución de las obras por la propia Administración.

Tema 9.- El Contrato de Gestión de Servicios Públicos. Disposiciones generales; actuaciones administrativas preparatorias; procedimientos y formas de adjudicación; ejecución y modificación; efectos y extinción; subcontratación

Tema 10.- El Contrato de Suministro. Disposiciones generales, procedimientos y formas de adjudicación; normas especiales de contratación; ejecución y modificación; extinción; fabricación de bienes muebles.

Tema 11.- El Contrato de Consultoría y Asistencia y el Contrato de Servicios. Disposiciones generales; actuaciones administrativas preparatorias; procedimiento y forma de adjudicación; ejecución y modificación; cumplimiento y resolución. Especialidades del contrato de elaboración de proyectos.

Tema 12.- El Contrato de Concesión de Obras Públicas. Disposiciones generales. Actuaciones administrativas previas. Derechos y obligaciones del concesionario. Financiación.

C.- Administración Local

Tema 1.- Régimen Local: significado y evolución histórica. La Administración Local en la Constitución. La Carta Europea de la autonomía local. El principio de autonomía local; significado, contenido y límites. Clases de entidades locales.

Tema 2.- Las fuentes del Derecho Local. Regulación básica del Estado y normativa de las Comunidades Autónomas en materia de Régimen Local. La incidencia de la legislación sectorial sobre el régimen local.

Tema 3.- La potestad reglamentaria de las Entidades Locales: Reglamentos y Ordenanzas. Procedimiento de elaboración. El Reglamento orgánico. Los Bandos.

Tema 4.- El Municipio: Concepto y elemento. El término municipal: El problema de la planta municipal. Alteraciones de términos municipales. Legislación básica y legislación autonómica. La población municipal. La participación vecinal. Derechos de los extranjeros.

Tema 5.- La organización municipal. Organos necesarios y complementarios. El Alcalde, Tenientes de Alcalde, el Pleno, la Comisión de Gobierno, y las Comisiones Informativas. Otros órganos. Los grupos políticos. La participación vecinal en la gestión municipal. El Concejo abierto. Otros Regímenes especiales.

Tema 6.- El Alcalde: Competencias. Los Tenientes de Alcalde.Otros órganos unipersonales en la gestión desconcentrada del Municipio: su relación con el Alcalde. Régimen Jurídico de la actividad del Alcalde, recursos y responsabilidad.

Tema 7.- El Ayuntamiento Pleno: composición y competencias. La Comisión de Gobierno: Composición, nombramiento y competencias.

Las Comisiones informativas: clases, composición, nombramiento y competencias.

Tema 8.- Régimen de sesiones y acuerdos de las Corporaciones locales. Normas reguladoras. Las sesiones. Sus clases, requisitos y procedimientos de constitución y celebración.

Tema 9.- Los acuerdos de las Corporaciones Locales: Clases y formas de acuerdos. Sistema de votación y cómputo de mayorías. Informes del Secretario y del Interventor. Actas, certificaciones, comunicaciones, notificaciones y publicaciones de los acuerdos. El Registro de documentos.

Tema 10.- El sistema electoral local. Causas de inelegibilidad e incompatibilidad. Elección de los Concejales y Alcaldes.

Tema 11.- La moción de censura y la cuestión de confianza en el ámbito local. El recurso contencioso-electoral. El estatuto de los miembros electivos de las Corporaciones Locales.

Tema 12.- Las competencias municipales: sistema de determinación. Competencias propias, compartidas y delegadas. Los servicios mínimos. La reserva de servicios.

Tema 13.- Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa local en la actividad privada. Las licencias y autorizaciones administrativas: sus clases. La actividad de fomento en la esfera local.

Tema 14.- La iniciativa pública económica de las Entidades Locales y la reserva de servicios. El servicio público en las Entidades Locales. Los modos de gestión. Especial referencia a la concesión de servicios y a la empresa pública local. El Consorcio.

Tema 15. Los bienes de las Entidades Locales. Clases. Bienes de dominio público. Bienes patrimoniales. Prerrogativas y potestades de las Entidades Locales en relación con sus bienes. Los bienes comunales. El Inventario.

D.- Área Financiera

Tema 1.- La Ley 13/1981 del Concierto Económico. Tributos concertados y no concertados.

Tema 2.- Norma Foral 53/1992 de 18 de diciembre, de Régimen Financiero y Presupuestario del Territorio Histórico de Álava. Organización Institucional. La Hacienda Foral: derechos y obligaciones. Presupuestos Generales del Territorio Histórico.

Tema 3.- Norma Foral 6/2005 de 28 de Febrero General Tributaria del Territorio Histórico de Álava. Principios Generales. Normas Tributarias. Los tributos: clases, hecho imponible. Sujeto pasivo. La base. La deuda tributaria.

Tema 4.- Ley 39/1988 de 28 de diciembre reguladora de las Haciendas Locales. Real Decreto 500/90 de 20 de abril.

Tema 5.- Norma Foral 41/1989 de 19 de julio reguladora de las Haciendas Locales del Territorio Histórico de Álava.

Tema 6.- El Presupuesto General de las Entidades Locales. Estructura presupuestaria: Elaboración, aprobación, ejecución, liquidación. Bases de ejecución del Presupuesto. La prórroga del Presupuesto.

Tema 7.- Modificación de crédito: concepto, clases y tramitación.

Tema 8.- La contabilidad de las Entidades Locales. Control y fiscalización.

Tema 9.- Los recursos de las Haciendas Locales: enumeración. Recursos de los municipios. Los ingresos de Derecho Privado.

Tema 10.- Los Tributos Locales: Principios. La potestad reglamentaria de las Entidades Locales en materia tributaria: Ordenanzas fiscales, finalidades, características, tramitación. Régimen de impugnación de los actos de imposición y ordenación de tributos.

Tema 11.- Los impuestos municipales: el impuesto sobre bienes inmuebles; el impuesto sobre actividades económicas; el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica; el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras; el impuesto sobre incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.

Tema 12.- Las tasas. Las contribuciones especiales. Los precios públicos. Operaciones de crédito.

E.- Recursos Humanos

Tema 1.- La función pública local: clases de funcionarios. Personal laboral y eventual. Los funcionarios con habitación de carácter nacional: Categorías y atribuciones. Selección y formación: Dependencia orgánica y funcional. Peculiaridades de su régimen jurídico.

Tema 2.- Estructura y Organización de la Función Pública. La Relación de Puestos de Trabajo. Plantilla presupuestaria. La Oferta Pública de Empleo.

Tema 3.- Derechos y deberes de los funcionarios. Funcionarios interinos, funcionarios con habilitación de carácter nacional. Personal laboral y eventual de las Administraciones Locales. Régimen de incompatibilidades. La responsabilida administrativa de los funcionarios locales. Régimen disciplinario. Responsabilidad civil y penal de las autoridades y funcionarios locales.

Tema 4.- La Organización de los Recursos Humanos en la Administración Pública. Los planes de empleo, los programas de racionalización de Recursos Humanos.

Tema 5.- Los Funcionarios de las Administraciones Públicas Vascas. Adquisición y Pérdida de la condición de funcionario.

Tema 6.- Cuerpos de funcionarios. Carrera administrativa. Promoción interna. Movilidad.

Tema 7.- Las situaciones administrativas del personal funcionario de las Administraciones Públicas Vascas.

Tema 8.- La provisión de puesto de trabajo en la Administración Pública Vasca. Procedimiento y Régimen Legal.

Tema 9.- Los derechos económicos. Las retribuciones en la Administración Pública.

Tema 10.- Incompatibilidades de los funcionario públicos.

Tema 11.- El Estatuto de los Trabajadores y normas complementarias.

Tema 12.- Las modalidades del contrato de trabajo. La contratación laboral temporal.

Tema 13.- Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo.

Tema 14.- Faltas y sanciones de los trabajadores.

Tema 15.- Infracciones laborales.

Tema 16.- El tiempo de trabajo. Jornada, calendario. Horas extras.

Tema 17.- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Las obligaciones y responsabilidades del empresario en materia de prevención.

Tema 18.- Los funcionarios propios de las Corporaciones Locales. Peculiaridades de su régimen jurídico. Libertades políticas y sindicales en la función pública local. Personal no funcionario de las Corpo - raciones Locales: Clases y régimen jurídico.

Tema 19.- La negociación colectiva. Técnicas y especifidades de la Administración Pública.

Tema 20.- El Convenio Colectivo de trabajo. Concepto y naturaleza. Los efectos del Convenio Colectivo. Contenido obligacional y normativo.

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