Bases reguladoras del concurso-oposición para la provisión de una plaza de Técnico de Administración General
Bases específicas reguladoras de las pruebas para la provisión
de una plaza vacante de técnico de la administración general en la
plantilla de funcionarios de este ayuntamiento.
Las presentes bases reguladoras de las pruebas para cubrir una
plaza de Técnico de Administración General, mediante el sistema
de concurso-oposición libre, fueron aprobadas por Decreto de Alcaldía
número 156/06 el 19 de diciembre de 2006.
Primera- Objeto de la convocatoria
Segunda.- Características de la plaza.
Tercera.- Requisitos de los candidatos
Cuarta.- Presentación de instancias.
Quinta.- Admisión de aspirantes.
Sexta.- Tribunal Calificador.
Séptima.- Fase de Oposición.
Octava.- Concurso.
Novena.- Calificación de ejercicios y relación de aprobados en
la fase de concurso.
Décima.- Presentación de documentación.
Undécima.- Nombramiento de funcionario en prácticas.
Duodécima.- Período de prácticas.
Decimotercera.- Nombramiento de funcionario de carrera.
Decimocuarta.- Incidencias.
Decimoquinta.- Apelaciones.
Anexo I
Anexo II
Primera- Objeto de la convocatoria
El objeto de la convocatoria es la provisión, mediante el procedimiento
de concurso-oposición libre, de una plaza vacante de técnico
de la administración general en la plantilla de funcionarios de este ayuntamiento.
Dicha plaza está incluida en la escala de Administración
General, subescala técnica, clase técnico superior y grupo de clasificación A.
Todos aquellos aspirantes que, habiendo superado los ejercicios
de la Fase de Oposición excediesen del número de plazas
convocadas, integrarán, en el orden de puntuación obtenida, una
bolsa de trabajo que se utilizará para cubrir necesidades temporales
de personal.
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Segunda.- Características de la plaza.
Denominación: Técnico de la Administración General - Subescala
Técnica
Grupo de clasificación: A.
Complemento de destino: 30.
Complemento específico: 2.290,68 anual.
Perfil lingüístico: 4.
Fecha de preceptividad: 02/04/2004.
Régimen de jornada: jornada continua.
Lugar: Ayuntamiento.
Funciones:
- Las propias de los Técnicos de Administración General, concretamente
en el área de tesorería: realizar trabajos de gestión, análisis
y propuestas de carácter administrativo de nivel superior, además de
las encomendadas por la Alcaldía y/o, en su caso, por Secretaría.
- Las funciones básicas que habrá de desempeñar inicialmente,
sin carácter limitativo, serán, entre otras:
- Las correspondientes al área de intervención y tesorería del
Ayuntamiento de Aramaio.
- Gestión del censo fiscal. Gestión y cobro de impuestos y tasas.
Gestión de reclamaciones.
- Censo de agua. Censo de luz (por mediación de Aramaioko
Argindar Banatzailea, SA)
- Colaborar con Secretaría-Intervención en la preparación de
ordenanzas y reglamentos.
- Controlar y promover las tramitaciones de expedientes de plusvalías
y, en su caso, realizar un seguimiento y llevar el archivo de las
plusvalías.
- Redactar los dossieres, documentos diversos, certificados,
etc. que se le soliciten.
- Llevar a cabo las tareas que le encargue el secretario o el
funcionario que le sustituya, cumpliendo con la delegación de
funciones que le corresponda.
- Cualquier otra tarea que le sea asignada, propia de su profesión
y de su puesto de trabajo.
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Tercera.- Requisitos de los candidatos
Para ser admitidos y, en su caso, participar en el proceso de
selección, los candidatos deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad de alguno de los estados miembros de
la Unión Europea, o ser nacional de algún Estado al que, en virtud de
la aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por el Estado Español, le sea de aplicación la
libre circulación de trabajadores.
Asimismo, se podrán presentar los cónyuges de los nacionales
de los Estados miembros de la Unión Europea, siempre y cuando no
estén separados de derechos, así como sus descendientes y los de
su cónyuge, siempre, asimismo, que ambos cónyuges no estén
separados de derecho y sean estos descendientes menores de
veintiún (21) años o, siendo mayores de esa edad, vivan a sus
expensas.
b) Haber cumplido 18 años y no haber superado la edad de jubilación.
c) Estar en posesión o haber abonado los derechos para la
obtención del título de Derecho, Ciencias Políticas, Económicas o
Empresariales, Intendente Mercantil o Actuario antes de finalizar el plazo de representación de solicitudes.
d) Certificado acreditativo del perfil lingüístico 4 requerido para
la plaza. Este requisito se podrá certificar mediante un documento acreditativo o bien superando las pruebas que se lleven a cabo a tal fin
en la fase de oposición.
e) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que le
impida el normal desempeño de las funciones propias del puesto.
f) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
en alguna institución, entidad o centro de la Administración Pública,
ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
g) No estar incurso en ningún caso de incapacidad ni
desempeñar actividades declaradas incompatibles según la ley
53/1984 del 26 de diciembre y el DR 59/885 del 30 de abril, ni en la
actualidad ni, con posterioridad al nombramiento, en el período de
prácticas o, en su caso, una vez obtenida la plaza en propiedad.
Todos los requisitos enumerados en la presente base deberán
poseerse al día de finalización del plazo de presentación de instancias,
y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como
funcionario de carrera de este Ayuntamiento, sin perjuicio de lo establecido en el apartado d) y g)
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Cuarta.- Presentación de instancias.
Las instancias que se cumplimenten para solicitar la participación
en el concurso-oposición deberán ajustarse al modelo oficial
y normalizado adjunto a las presentes bases en el Anexo III, y también
será facilitado en el Registro General del Ayuntamiento de Aramaio.
Las instancias solicitando la admisión en esta convocatoria
deberán dirigirse al Alcalde-Presidente de Aramaio y deberán cumplir
las siguientes condiciones para ser aceptadas:
a) Los aspirantes deberán manifestar que cumplen todos y cada
uno de los requisitos exigidos en la tercera base de la convocatoria.
El plazo para cumplir dichos requisitos finalizará el día de presentación
de las instancias, excepto en lo que se refiere a los apartados d) y g).
b) Además, deberán presentarse los siguientes documentos
junto con las instancias:
- Fotocopia del DNI.
- Fotocopia del título exigido para tomar parte en la convocatoria.
- Fotocopia del documento acreditativo del cumplimiento del
perfil lingüístico 4, si ya lo hubiera acreditado a la fecha de presentación de la solicitud.
- Fotocopia de los documentos acreditativos de los méritos
alegados en la instancia para su valoración en la fase de concurso.
En el caso de los méritos alegados en concepto de experiencia,
deberán de estar debidamente acreditados mediante certificaciones,
en las que se harán constar las tareas desarrolladas, el tipo de
contrato o nombramiento, duración y jornada realizada, acompañándose la vida laboral expedida por la Seguridad Social.
No serán objeto de valoración los méritos que no resulten suficientemente acreditados a juicio del Tribunal.
c) Las instancias deberán presentarse debidamente cumplimentadas
en las Oficinas Generales del Ayuntamiento de Aramaio,
plaza Bizente Goikoetxea, 1, Aramaio 01160 (Araba), dentro del plazo
de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación
del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Igualmente las instancias podrán presentarse en los registros
de las Administraciones Públicas definidas en el artículo 38.4 de la Ley
30/1992 del 26 de noviembre, que regula el Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común,
dirigidas al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Aramaio,
debiendo ser fechadas y selladas por el funcionario correspondiente
dentro del plazo de presentación de instancias.
Los datos personales proporcionados por los aspirantes en el
proceso de selección serán archivados en un fichero automatizado
cuya finalidad será gestionar el proceso selectivo. El destinatario de los
datos será el Ayuntamiento de Aramaio y, para impugnar, acceder o
corregir dichos datos, se podrá recurrir al mismo (plaza Bizente
Goikoetxea, 1, Aramaio 01160). Los aspirantes deberán mostrar
conformidad con el tratamiento otorgado a las solicitudes. Dicho tratamiento
implicará la publicación de los nombres y apellidos, número de
DNI y turno en el que participen (libre, promoción interna o inválidos)
los aspirantes. En caso de no mostrar dicha conformidad, el aspirante
quedará automáticamente excluido del proceso de selección.
Asimismo, los aspirantes que soliciten adaptaciones especiales
para realizar el examen deberán mostrarse conformes con el tratamiento
otorgado a los datos relativos a dichas adaptaciones.
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Quinta.- Admisión de aspirantes.
Finalizado el plazo de presentación de instancias el Alcalde-
Presidente aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y
excluidos, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio
Histórico de Álava, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de
Aramaio y en la página web municipal (www.aramaio.org).
Asimismo, en la mencionada resolución se nombrarán los
miembros titulares y suplentes del Tribunal Calificador.
Los aspirantes excluidos de dicha lista dispondrán de un plazo
de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación
en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava, para
solventar los defectos o errores que hayan dado lugar a su exclusión.
En caso de no presentarse ninguna reclamación, la lista provisional
se considerará automáticamente definitiva. Si las hubiera, serán
estimadas o desestimadas, en su caso, en una nueva resolución por
la que se apruebe la lista definitiva y que será publicada de la misma
manera que la anterior.
Seguidamente, se decidirá la fecha del primer ejercicio de la fase
de oposición, que se hará pública en el BOLETÍN OFICIAL del
Territorio Histórico de Álava, en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento de Aramaio y en la página web municipal
(www.aramaio.org).
Todas las comunicaciones y notificaciones del Tribunal Calificador
se harán públicas mediante el tablón de anuncios del Ayuntamiento
de Aramaio y la página web municipal (www.aramaio.org).
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Sexta.- Tribunal Calificador.
El Tribunal que califique las pruebas del examen estará formado
por miembros titulares y suplentes y su nombramiento se hará público
en el BOLETÍN OFICIAL de Álava, el tablón de anuncios del
Ayuntamiento de Aramaio y la página web municipal. El Tribunal
estará formado por las siguientes personas:
Presidente del Tribunal:
- El de la Corporación o la persona que este designe para tal fin.
Vocales:
- Gerente letrado de la Cuadrilla de Zuia o persona en quien
delegue.
- Un técnico de la Diputación Foral de Álava.
- Un representante del Instituto Vasco de Administración Pública
(HAEE-IVAP).
- El secretario de la Corporación o persona en quien delegue, que
además de ser vocal, actuará también como secretario del Tribunal.
Para realizar las pruebas de euskara se nombrará otro técnico del
Instituto Vasco de Administración Pública (HAEE-IVAP).
Asimismo, podrá participar un representante de cada partido
político en calidad de supervisor del proceso selectivo
En el desarrollo y evaluación de las pruebas y/o méritos que
integren el sistema selectivo, el Tribunal actuará con plena autonomía
funcional. Será responsable de la objetividad del procedimiento y
garantizará el cumplimiento de las bases de la convocatoria.
El Tribunal no podrá constituirse sin la asistencia de más de la
mitad de sus miembros, debiendo estar presentes, en todo caso, el
Presidente y el Secretario. Las decisiones se adoptarán por mayoría
de votos, resolviendo, en caso de empate, el de quien actúe como
Presidente.
Los miembros del Tribunal no podrán intervenir en el proceso, y
así se lo deberán notificar al Alcalde-Presidente, y los aspirantes
podrán promover su recusación, conforme a lo establecido en los
artículos 28 y 29 de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
El Tribunal podrá disponer de asesores especialistas, para todas
o algunas de las pruebas de las que conste el sistema selectivo, que
se limitarán a prestar su asesoramiento y colaboración tecnica en el
ejercicio de sus especialidades.
El Tribunal podrá adoptar las medidas que estime necesarias
para el desarrollo del sistema selectivo en todo aquello que no esté
previsto en las bases de la convocatoria y resolver cuantas cuestiones
se susciten relativas a la interpretación y aplicación de las
mismas.
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Séptima.- Fase de Oposición.
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento
único, salvo causas de fuerza mayor debidamente justificadas
y apreciadas con total libertad por el Tribunal.
El Tribunal podrá disponer la celebración de las pruebas en
orden diferente al previsto en esta misma base, así como la celebración
de varias pruebas el mismo día. En este caso, sólo evaluará
la prueba de aquellos aspirantes que hayan superado la anterior.
- Primer ejercicio: obligatorio y eliminatorio.
Los aspirantes deberán responder por escrito a un cuestionario
tipo test de preguntas con respuestas múltiples, de las cuales sólo
una es correcta, basado en el contenido del Temario adjunto a la
convocatoria (Anexos I y II).
Quedará a criterio del Tribunal la fijación del número de preguntas
a realizar, el valor de las preguntas respondidas correcta e incorrectamente,
la penalización por las respuestas erróneas, la duración de
la prueba, etc.
Este ejercicio se valorará con un máximo de 20 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superar el mismo.
- Segundo ejercicio: obligatorio y eliminatorio.
Se evaluará todo el contenido del temario especificado en el
anexo II y aquellas cuestiones relacionadas con las funciones propias
del puesto. El Tribunal será el encargado de proponer los temas y el
ejercicio constará de dos partes: la primera consistirá en el desarrollo
de uno o varios temas y la segunda en la resolución de uno o varios
supuestos prácticos.
Los aspirantes podrán hacer uso de los textos legales que
precisen a la hora de resolver el o los supuestos prácticos.
Se valorará la formación general, la claridad y orden de ideas, aportación
personal del opositor, así como la corrección de la expresión
escrita.
Este ejercicio se valorará con un máximo de 20 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superar el mismo.
- Tercer ejercicio: Obligatorio y eliminatorio
Ejercicio escrito y oral para acreditar el perfil lingüístico 4. La
calificación será Apto o No Apto.
Se realizarán las pruebas pertinentes para que los aspirantes
acrediten el perfil lingüístico 4, siendo el HAEE/IVAP el encargado
de definir el contenido y la forma de los citados ejercicios.
No tendrán que realizar este ejercicio los aspirantes que acrediten
haber superado ese perfil lingüístico, de alguna de las maneras previstas en el artículo 32 del Decreto 86/1997 del 15 de abril, publicado en el
número 72 del Boletín Oficial del País Vasco del 17 de abril.
De cualquier manera, según el artículo 43.2 del Decreto 86/1997
del 15 de abril, que regula el proceso de normalización del uso del
euskara en las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma
Vasca, se realizarán también distintas pruebas para acreditar el perfil
lingüístico 3 por si, finalizados los ejercicios de la fase de oposición,
fuera preciso aplicar el citado perfil lingüístico para adjudicar la plaza.
En consecuencia, si ninguno de los candidatos consiguiese acreditar
el perfil lingüístico 4, se adjudicará al puesto el perfil 3, entendiéndose
que el objetivo es únicamente el de cubrir el puesto de esta convocatoria.
- Cuarto ejercicio: obligatorio y eliminatorio:
Consistirá en la realización de una serie de pruebas encaminadas
a valorar la adecuación de los aspirantes al perfil de la plaza y a las
funciones a desempeñar. Los aspirantes deberán realizar una serie de
ejercicios, al objeto de comprobar su nivel de adecuación a las peculiaridades
humanas del puesto, a sus requisitos técnicos y a las
funciones correspondientes. Dicha prueba constará de ejercicios
psicotécnicos o entrevistas, o ambos dos.
Este ejercicio es obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes;
se valorará de 0 a 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 5
puntos para superarlo.
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Octava.- Concurso.
La fase de consurso consistirá en la valoración de los méritos
aducidos y debidamente acreditados durante el plazo de presentación
de solicitudes.
Se tomaran en consideración los méritos que se mencionan a
continuación y se valorarán de la siguiente manera:
a) Servicios prestados en la Administración Publica como Técnico
de la Administración General o en un puesto de similares características;
se tendrán en consideración también los servicios prestados
como funcionario interino o trabajos temporales. Se valorará con 0,5
puntos por cada mes de trabajo, hasta un máximo de 6 puntos, ignorándose
o desechándose las fracciones de mes.
Se contabilizarán únicamente los períodos anteriores a la fecha
del fin del plazo de presentación de solicitudes.
No serán objeto de valoración en este apartado la prestación
de servicios en puestos de personal eventual (tal y como recoge el
artículo 96.1 de la Ley de Función Pública Vasca), así como tampoco
las becas ni las prácticas formativas.
b) Cursos de formación o perfeccionamiento directamente relacionados
con el puesto que se convoca, impartidos por universidades,
centros de formación oficiales e instituciones oficiales, hasta
un máximo de 4 puntos:
- Por cada curso de 20-50 horas de duración : 0,25 puntos.
- Por cada curso de 51-100 horas de duración : 0,50 puntos.
- Por cada curso de 101-200 horas de duración: 0,75 puntos.
- Por cada curso de 201-300 horas de duración : 1,00 punto.
- Por cada curso de más de 300 horas de duración: 1,50 puntos.
No serán objeto de valoración en este apartado los curso de
formación o perfeccionamiento relacionados con la informática.
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Novena.- Calificación de ejercicios y relación de aprobados en
la fase de concurso.
Una vez concluidas las fases de oposición y concurso, el tribunal
hará publica la relación de aspirantes que hayan superado el
concurso-oposición, por orden de puntuación total alcanzada,
haciendo públicos los puntos conseguidos en cada ejercicio y el
resultado final de las pruebas.
El orden de clasificación definitiva del concurso-oposición será
la suma de las puntuaciones obtenidas en sus dos fases. La calificación
final del concurso-oposición determinará el orden de prelación de los
aspirantes.
Caso de resultar algún empate en la suma de puntuaciones, se
decantará en favor del aspirante que haya conseguido calificación más
alta en la Fase de Oposición.
El Tribunal Calificador publicará en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento de Aramaio y en la página web municipal
(www.aramaio.org) la relación de los aspirantes que hayan superado
el proceso selectivo y la elevará a la Alcaldía junto con la propuesta
de nombramiento de funcionario en prácticas a favor del seleccionado.
En la citada relación figurarán, además, por orden de puntuación,
los aspirantes que, habiendo superado todos los ejercicios obligatorios
y eliminatorios, excediesen del número de plazas convocadas,
creando así una bolsa de trabajo
Dicha bolsa de trabajo se utilizará, por orden de puntuación,
para cubrir necesidades laborales temporales, hasta que se lleve a
cabo un nuevo concurso-oposición, de acuerdo con lo establecido
en la base primera.
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Décima.- Presentación de documentación
El aspirante seleccionado deberá presentar en Secretaría, en el
plazo 15 días contados a partir del día siguiente al de la publicación
de los resultados definitivos del proceso selectivo, los siguientes
documentos acreditativos de las condiciones y requisitos exigidos para
tomar parte en el Concurso-Oposición:
a) Los originales de la documentación aportada con la solicitud,
que serán devueltos al aspirante una vez cotejados con las fotocopias
aportadas.
b) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado para el ejercicio
de cargos públicos y de no haber sido excluido mediante expediente
disciplinario del servicio de la Administración pública.
Con anterioridad a la finalización del plazo previsto en el apartado
anterior, el aspirante deberá someterse al correspondiente examen
medico, de la forma y manera propuesta por el Ayuntamiento de
Aramaio, para comprobar que cumple con lo exigido en la base
tercera, letra e).
Si el aspirante seleccionado, dentro del plazo de 15 días y salvo
causa de fuerza mayor, no presentara la referida documentación, o
del análisis de la misma se dedujera que no cumple alguna de las
condiciones o requisitos exigidos, no podrá ser nombrado funcionario
en prácticas, perdiendo cuantos derechos pudieran asistirle para su
nombramiento. En tal caso, como consecuencia de dicha descalificación,
el aspirante será sustituido, siguiendo el orden de prelación
de la clasificación definitiva, por el aspirante que se encuentre clasificado
en siguiente lugar, hasta cubrir la plaza vacante, previa acreditación
del cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidas
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Undécima.- Nombramiento de funcionario en prácticas.
Transcurrido el plazo de presentación de la documentación
citada y cumplidos los requisitos especificados, se procederá al
nombramiento del aspirante como funcionario en prácticas.
El nombramiento será notificado al interesado y se hará publico
en la página web del Ayuntamiento de Aramaio (www.aramaio.org),
en el tablón de anuncios municipal y en el BOLETÍN OFICIAL del
Territorio Histórico de Álava.
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Duodécima.- Período de prácticas.
El Alcalde del Ayuntamiento de Aramaio, de conformidad con el
artículo 28 de la Ley 6/1989 del 6 de julio de la Función Pública
Vasca, nombrará funcionario en prácticas al aspirante propuesto por
el Tribunal, una vez haya acreditado documentalmente las condiciones
exigidas en las presentes bases.
El periodo de prácticas para este puesto de trabajo tendrá una
duración de doce meses.
El Tribunal se encargará de la evaluación de las aptitudes y
capacidad del aspirante propuesto.
En el inicio del período de prácticas se definirán los objetivos a
cumplir por el funcionario. Dichos objetivos se fijarán en orden a la acreditación de:
a) Aptitudes del aspirante en cuanto a:
- Capacidad de trabajo y rendimiento profesional.
- Responsabilidad y eficiencia.
- Interés por aprender, disposición e iniciativa
b) Aptitudes del aspirante en cuanto a:
- Integración en el equipo de trabajo.
- Adecuación de sus relaciones internas y externas.
Procedimiento para la evaluación del funcionario en prácticas.
Una vez que tome posesión de su puesto de trabajo, se comunicará
al funcionario, al inicio del periodo de prácticas, los objetivos
a cumplir.
A la finalización del periodo de prácticas, el tutor nombrado a tal
efecto remitirá al Tribunal un informe escrito sobre el funcionario.
En caso de que el informe sea desfavorable, se dará traslado del
mismo al funcionario en prácticas, quien podrá alegar las razones que
justifiquen el incumplimiento de los objetivos establecidos, realizándose
estas alegaciones con anterioridad a la reunión del Tribunal.
La ausencia de comunicación implicará que el informe es
favorable.
El Tribunal notificará la correspondiente propuesta al Alcalde.
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Decimotercera.- Nombramiento de funcionario de carrera
Finalizado y superado el periodo de prácticas, se procederá a
nombrar funcionario de carrera al aspirante.
El nombramiento se efectuará en el plazo máximo de dos meses
y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de
Álava, así como en la página web del Ayuntamiento de Aramaio.
Dentro del plazo de 1 mes a partir del día siguiente de la fecha
de publicación del nombramiento en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio
Histórico de Álava, la persona nombrada deberá tomar posesión. Si
no lo hiciera así, salvo que concurra causa de fuerza mayor, quedarán
sin efecto todas las actuaciones practicadas hasta entonces y el
aspirante perderá cuantos derechos puedan asistirle para su acceso
al puesto de funcionario de carrera.
En la diligencia de toma de posesión, además de los extremos
acostumbrados, deberán hacerse constar las declaraciones exigidas
en el artículo 13 del Real Decreto 598/85 del 30 de abril, sobre incompatibilidades
del personal al servicio de la Administración.
Se entenderá que renuncia al cargo quien, sin causa justificada,
no tome posesión del puesto dentro del plazo determinado para ello.
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Decimocuarta.- Incidencias .
El Tribunal tendrá la facultad de resolver las posibles dudas que
se presenten y tomar las decisiones necesarias para que el proceso
selectivo se lleve a cabo correctamente, en lo referente a todo aquello
que no esté previsto en estas Bases.
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Decimoquinta.- Apelaciones.
La presente convocatoria, sus Bases y cuantos actos administrativos
se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser
impugnados en la forma y plazos previstos en la vigente Ley 30/1992
del 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo.
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Anexo I
TEMARIO GENERAL
Tema 1.- Derecho Constitucional. La Constitución de 1978 y sus
principios. División de poderes y participación política.
Tema 2.- El Estado español como estado compuesto. La reforma
constitucional. Los procedimientos de reforma en el derecho
comparado.
Tema 3.- El Gobierno. Composición, nombramiento y cese. El
Presidente del Gobierno. Los Ministros. Funciones del Gobierno.
Normativa, política y administrativa.
Tema 4.- La Cortes Generales. El Congreso. El Senado.
Relaciones entre las Cámaras. Las Diputaciones Permanentes. Las
funciones de las Cortes. Legislativa, su ejercicio, iniciativa y tramitación.
Tema 5.- El Poder Judicial. La independencia y actuaciones judiciales.
El Consejo General del Poder Judicial. Otros Organos.
Tema 6.- Las Comunidades Autónomas. Naturaleza. Los
Estatutos de Autonomía. Naturaleza y contenido. El Estatuto de
Autonomía del País Vasco. Naturaleza, contenido, competencias y
poderes del País Vasco.
Tema 7.- Competencias del Estado y de las Comunidades
Autónomas. Competencias del Estado. Competencias de las
Comunidades Autónomas. Competencias exclusivas, compartidas,
concurrentes, de desarrollo y ejecución. Transferencias de competencias.
Los Decretos de transferencias o traspaso.
Tema 8.- La organización de poderes en el País Vasco. El
Parlamento Vasco. El Lehendakari. El Gobierno Vasco. La
Administración Autónoma del País Vasco.
Tema 9.- El Tribunal Vasco de Cuentas Públicas. El Ararteko.
Los Tribunales de Justicia del País Vasco.
Tema 10.- La Diputación Foral de Álava. Antecedentes y configuración
actual. Composición y competencias. El Diputado General.
Los Diputados Forales. Competencias. Norma Foral de Organización
Institucional del Territorio Histórico de Álava de 7 de marzo de 1983.
Tema 11.- Las Juntas Generales. Antecedentes y configuración
actual. Su funcionamiento y competencias. Los Procuradores. Su
Elección y competencias. El Presidente de las Juntas Generales. La
Norma Foral de 20 de diciembre de 1984 sobre el Reglamento de
funcionamiento de las Juntas Generales de Álava.
Tema 12.- La ley 27/83 de 25 de noviembre de Relaciones entre
las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Organos
Forales de sus Territorios Históricos. Sus antecedentes, principios,
estructura y contenido.
Tema 13.- El Municipio. Concepto y elementos. El término
municipal. El problema de la planta municipal. Alteraciones de
términos municipales. Legislación básica y legislación autonómica.
La población municipal. El Padrón de habitantes. El Estatuto de los
vecinos. Derechos de los extranjeros.
Tema 14.- Procedimiento de declaración de la inconstitucionalidad.
El recurso de inconstitucionalidad. Cuestiones de inconstitucionalidad.
Tema 15.- El recurso de amparo constitucional. Tramitación del
recurso. Las sentencias de amparo y sus defectos.
Tema 16.- Conflictos constitucionales con las Comunidades
Autónomas. Positivos y negativos. La impugnación de las disposiciones
y resoluciones de las Comunidades Autónomas. Los conflictos en
defensa de la autonomía local.
Tema 17.- La regulación del Euskera en la Constitución y en el
Estatuto de Autonomía. La Ley 10/1982 de 24 de noviembre, Básica
de la normalización del uso del Euskera.
Tema 18.- La Hacienda de las Administraciones Públicas. La
distribución de recursos. El Concierto Económico.
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Anexo II
TEMARIO ESPECÍFICO
A.- Procedimiento administrativo
Tema 1.- Las fuentes del derecho administrativo. El reglamento:
Titularidad de la potestad reglamentaria. Ambito material del
reglamento. El procedimiento de elaboración de los reglamentos.
Eficacia del reglamento. Control de los reglamentos ilegales y efectos
de su anulación.
Tema 2.- El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases.
Requisitos: Motivación y forma.
Tema 3.- La eficacia de los actos administrativos. El principio
de autotutela declarativa. Condiciones. La notificación: contenido, plazo
y práctica. La notificación defectuosa. La publicación. La aprobación
por otra Administración. La demora y retroactividad de la eficacia.
Tema 4.- La invalidez del acto administrativo. Supuestos de
nulidad de pleno derecho y anulabilidad. El principio de conservación
del acto administrativo. La revisión de actos y disposiciones por la
propia Administración: supuestos. La acción de nulidad, procedimientos,
límites. La declaración de lesividad. La revocación de actos.
La rectificación de errores materiales o de hecho.
Tema 5.- Disposiciones generales sobre los procedimientos
administrativos y normas reguladoras de los distintos procedimientos.
Clases de interesados en el procedimiento. Derechos de los administrados.
Tema 6.- La iniciación del procedimiento: Clases, subsanación
y mejora de solicitudes. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones.
Los registros administrativos. Términos y plazos:
Cómputo, ampliación y tramitación de urgencia. Ordenación.
Instrucción: Intervención de los interesados, prueba e informes.
Tema 7.- Terminación del procedimiento. La obligación de
resolver. Contenido de la resolución expresa: principios de
congruencia y de no agravación de la situación inicial. La terminación
convencional. La falta de resolución expresa: el régimen de silencio
administrativo. El desistimiento y la renuncia. La caducidad.
Tema 8.- La coacción administrativa: el principio de autotutela
ejecutiva. La ejecución forzosa de los actos administrativos: sus
medios y principios de utilización. La coacción administrativa directa.
La vía de hecho.
Tema 9.- Recursos administrativos: principios generales. Actos
susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitación
de recursos administrativos. Clases de recursos. Las reclamaciones
administrativas previas al ejercicio de acciones civiles y laborales.
Las reclamaciones económico-administrativas. Procedimientos sustitutivos
de los recursos administrativos: conciliación, mediación y
arbitraje.
Tema 10.- La Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Natu -
raleza, extensión y límites. órganos de la jurisdicción y de sus competencias.
Las partes. Legitimación. El objeto del recurso contenciosoadministrativo.
Tema 11.- Potestad sancionadora: concepto y significado.
Principio del ejercicio de la potestad sancionadora. El procedimiento
sancionador y sus garantías. Medidas sancionadoras administrativas.
Tema 12.- La Responsabilidad de la Administración Pública.
Caracteres. Los presupuestos de la responsabilidad. Daños resarcibles.
La acción y el procedimiento administrativo en materia de responsabilidad.
La responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal
al servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 13.- Procedimiento general del Real Decreto 429/1993,
de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los
Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de
Responsabilidad Patrimonial.
Tema 14.- Procedimiento abreviado del Real Decreto 429/1993,
de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los
Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de
Responsabilidad Patrimonial.
Tema 15.- La actividad administrativa de prestación de servicios.
La iniciativa económica pública y los servicios. El servicio público.
Concepto. Evolución y crisis. Los modos de gestión de los servicios
públicos. La gestión directa. La gestión indirecta.
Tema 16.- Las otras formas de la actividad administrativa. La
actividad de Policía: autorización administrativa. La policía de la
seguridad publica. Actividad de fomento: sus técnicas.
Tema 17.- Las propiedades públicas: tipología. El dominio
público concepto, naturaleza y elementos. Afectación y mutaciones
demaniales. Régimen jurídico del dominio público. Utilización: reserva
y concesión.
Tema 18.- La expropiación forzosa. Sujetos, objeto y causa. El
procedimiento general. Garantías jurisdiccionales. La reversión expropiatoria.
Tramitación de urgencia. Procedimientos especiales.
B.- Contratación
Tema 1.- Los Contratos de las Administraciones Públicas.
Criterios de distinción entre los contratos administrativos y los de
derecho privado; los actos separables. Legislación vigente. Ambito
de aplicación. Disposiciones comunes a los contratos de las
Administraciones Públicas. rganos competentes para su celebración.
Tema 2.- Régimen jurídico de los contratos de las administraciones
públicas: Administrativos típicos, especiales y privados. Carac -
terísticas de los contratos de obras, de servicios públicos, de sumi-
nistros y de consultoría, asistencia y servicios. La Administración
contratante: entes incluidos y excluidos del ámbito de la Ley de
Contratos; el órgano de contratación. El contratista: Capacidad,
solvencia, prohibiciones, clasificación.
Tema 3.- Clasificación y registro de las empresas. Las garantías
exigidas para los contratos con la Administración.
Tema 4.- Actuaciones relativas a la contratación. Los Pliegos
de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas; La
perfección y formalización de los contratos
Tema 5.- Las prerrogativas de la Administración; invalidez de
los contratos; actuaciones administrativas preparatorias y tramitación
de los expedientes de contratación
Tema 6.- La adjudicación de los contratos. Procedimientos y
formas de adjudicación. Ejecución y modificación de los contratos.
Tema 7.- La revisión de precios. Extinción de los contratos.
Cesión de los contratos y subcontratación. El Registro Público de
Contratos.
Tema 8.- El Contrato de Obras. Disposiciones generales;
ejecución y modificación, extinción; ejecución de las obras por la
propia Administración.
Tema 9.- El Contrato de Gestión de Servicios Públicos.
Disposiciones generales; actuaciones administrativas preparatorias;
procedimientos y formas de adjudicación; ejecución y modificación;
efectos y extinción; subcontratación
Tema 10.- El Contrato de Suministro. Disposiciones generales,
procedimientos y formas de adjudicación; normas especiales de
contratación; ejecución y modificación; extinción; fabricación de
bienes muebles.
Tema 11.- El Contrato de Consultoría y Asistencia y el Contrato
de Servicios. Disposiciones generales; actuaciones administrativas
preparatorias; procedimiento y forma de adjudicación; ejecución y
modificación; cumplimiento y resolución. Especialidades del contrato
de elaboración de proyectos.
Tema 12.- El Contrato de Concesión de Obras Públicas.
Disposiciones generales. Actuaciones administrativas previas.
Derechos y obligaciones del concesionario. Financiación.
C.- Administración Local
Tema 1.- Régimen Local: significado y evolución histórica. La
Administración Local en la Constitución. La Carta Europea de la
autonomía local. El principio de autonomía local; significado, contenido
y límites. Clases de entidades locales.
Tema 2.- Las fuentes del Derecho Local. Regulación básica del
Estado y normativa de las Comunidades Autónomas en materia de
Régimen Local. La incidencia de la legislación sectorial sobre el
régimen local.
Tema 3.- La potestad reglamentaria de las Entidades Locales:
Reglamentos y Ordenanzas. Procedimiento de elaboración. El
Reglamento orgánico. Los Bandos.
Tema 4.- El Municipio: Concepto y elemento. El término
municipal: El problema de la planta municipal. Alteraciones de
términos municipales. Legislación básica y legislación autonómica.
La población municipal. La participación vecinal. Derechos de los
extranjeros.
Tema 5.- La organización municipal. Organos necesarios y
complementarios. El Alcalde, Tenientes de Alcalde, el Pleno, la
Comisión de Gobierno, y las Comisiones Informativas. Otros órganos.
Los grupos políticos. La participación vecinal en la gestión municipal.
El Concejo abierto. Otros Regímenes especiales.
Tema 6.- El Alcalde: Competencias. Los Tenientes de
Alcalde.Otros órganos unipersonales en la gestión desconcentrada
del Municipio: su relación con el Alcalde. Régimen Jurídico de la
actividad del Alcalde, recursos y responsabilidad.
Tema 7.- El Ayuntamiento Pleno: composición y competencias.
La Comisión de Gobierno: Composición, nombramiento y competencias.
Las Comisiones informativas: clases, composición, nombramiento
y competencias.
Tema 8.- Régimen de sesiones y acuerdos de las Corporaciones
locales. Normas reguladoras. Las sesiones. Sus clases, requisitos y
procedimientos de constitución y celebración.
Tema 9.- Los acuerdos de las Corporaciones Locales: Clases y
formas de acuerdos. Sistema de votación y cómputo de mayorías.
Informes del Secretario y del Interventor. Actas, certificaciones, comunicaciones,
notificaciones y publicaciones de los acuerdos. El Registro
de documentos.
Tema 10.- El sistema electoral local. Causas de inelegibilidad e
incompatibilidad. Elección de los Concejales y Alcaldes.
Tema 11.- La moción de censura y la cuestión de confianza en
el ámbito local. El recurso contencioso-electoral. El estatuto de los
miembros electivos de las Corporaciones Locales.
Tema 12.- Las competencias municipales: sistema de determinación.
Competencias propias, compartidas y delegadas. Los
servicios mínimos. La reserva de servicios.
Tema 13.- Las formas de actividad de las Entidades Locales.
La intervención administrativa local en la actividad privada. Las
licencias y autorizaciones administrativas: sus clases. La actividad de
fomento en la esfera local.
Tema 14.- La iniciativa pública económica de las Entidades
Locales y la reserva de servicios. El servicio público en las Entidades
Locales. Los modos de gestión. Especial referencia a la concesión de
servicios y a la empresa pública local. El Consorcio.
Tema 15. Los bienes de las Entidades Locales. Clases. Bienes
de dominio público. Bienes patrimoniales. Prerrogativas y potestades
de las Entidades Locales en relación con sus bienes. Los bienes
comunales. El Inventario.
D.- Área Financiera
Tema 1.- La Ley 13/1981 del Concierto Económico. Tributos
concertados y no concertados.
Tema 2.- Norma Foral 53/1992 de 18 de diciembre, de Régimen
Financiero y Presupuestario del Territorio Histórico de Álava.
Organización Institucional. La Hacienda Foral: derechos y obligaciones.
Presupuestos Generales del Territorio Histórico.
Tema 3.- Norma Foral 6/2005 de 28 de Febrero General Tributaria
del Territorio Histórico de Álava. Principios Generales. Normas
Tributarias. Los tributos: clases, hecho imponible. Sujeto pasivo. La
base. La deuda tributaria.
Tema 4.- Ley 39/1988 de 28 de diciembre reguladora de las
Haciendas Locales. Real Decreto 500/90 de 20 de abril.
Tema 5.- Norma Foral 41/1989 de 19 de julio reguladora de las
Haciendas Locales del Territorio Histórico de Álava.
Tema 6.- El Presupuesto General de las Entidades Locales.
Estructura presupuestaria: Elaboración, aprobación, ejecución, liquidación.
Bases de ejecución del Presupuesto. La prórroga del
Presupuesto.
Tema 7.- Modificación de crédito: concepto, clases y tramitación.
Tema 8.- La contabilidad de las Entidades Locales. Control y
fiscalización.
Tema 9.- Los recursos de las Haciendas Locales: enumeración.
Recursos de los municipios. Los ingresos de Derecho Privado.
Tema 10.- Los Tributos Locales: Principios. La potestad reglamentaria
de las Entidades Locales en materia tributaria: Ordenanzas
fiscales, finalidades, características, tramitación. Régimen de impugnación
de los actos de imposición y ordenación de tributos.
Tema 11.- Los impuestos municipales: el impuesto sobre bienes
inmuebles; el impuesto sobre actividades económicas; el impuesto
sobre vehículos de tracción mecánica; el impuesto sobre construcciones,
instalaciones y obras; el impuesto sobre incremento de valor
de los terrenos de naturaleza urbana.
Tema 12.- Las tasas. Las contribuciones especiales. Los precios
públicos. Operaciones de crédito.
E.- Recursos Humanos
Tema 1.- La función pública local: clases de funcionarios. Personal
laboral y eventual. Los funcionarios con habitación de carácter nacional:
Categorías y atribuciones. Selección y formación: Dependencia orgánica
y funcional. Peculiaridades de su régimen jurídico.
Tema 2.- Estructura y Organización de la Función Pública. La
Relación de Puestos de Trabajo. Plantilla presupuestaria. La Oferta
Pública de Empleo.
Tema 3.- Derechos y deberes de los funcionarios. Funcionarios
interinos, funcionarios con habilitación de carácter nacional. Personal
laboral y eventual de las Administraciones Locales. Régimen de
incompatibilidades. La responsabilida administrativa de los funcionarios
locales. Régimen disciplinario. Responsabilidad civil y penal de las autoridades
y funcionarios locales.
Tema 4.- La Organización de los Recursos Humanos en la
Administración Pública. Los planes de empleo, los programas de
racionalización de Recursos Humanos.
Tema 5.- Los Funcionarios de las Administraciones Públicas
Vascas. Adquisición y Pérdida de la condición de funcionario.
Tema 6.- Cuerpos de funcionarios. Carrera administrativa.
Promoción interna. Movilidad.
Tema 7.- Las situaciones administrativas del personal funcionario
de las Administraciones Públicas Vascas.
Tema 8.- La provisión de puesto de trabajo en la Administración
Pública Vasca. Procedimiento y Régimen Legal.
Tema 9.- Los derechos económicos. Las retribuciones en la
Administración Pública.
Tema 10.- Incompatibilidades de los funcionario públicos.
Tema 11.- El Estatuto de los Trabajadores y normas complementarias.
Tema 12.- Las modalidades del contrato de trabajo. La contratación
laboral temporal.
Tema 13.- Modificación, suspensión y extinción del contrato de
trabajo.
Tema 14.- Faltas y sanciones de los trabajadores.
Tema 15.- Infracciones laborales.
Tema 16.- El tiempo de trabajo. Jornada, calendario. Horas
extras.
Tema 17.- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Las obligaciones
y responsabilidades del empresario en materia de
prevención.
Tema 18.- Los funcionarios propios de las Corporaciones Locales.
Peculiaridades de su régimen jurídico. Libertades políticas y sindicales
en la función pública local. Personal no funcionario de las Corpo -
raciones Locales: Clases y régimen jurídico.
Tema 19.- La negociación colectiva. Técnicas y especifidades de
la Administración Pública.
Tema 20.- El Convenio Colectivo de trabajo. Concepto y naturaleza.
Los efectos del Convenio Colectivo. Contenido obligacional
y normativo.
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